Elección de constituyentes: cómo es el proceso para las etnias originarias

VOTACIÓN. Electores tienen hasta 45 días antes de la votación para declarar su condición de indígena. Hay tres candidatos changos en el país.

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 27 de enero de 2021 Visto 155 veces

Tras el reconocimiento del pueblo chango como etnia originaria de Chile, a mediados de octubre del 2020, se completó el registro nacional de comunidades y asociaciones indígenas, con 10 etnias en el país.

Todas ellas serán parte de las elecciones de convencionales constituyentes del próximo 11 de abril, de donde saldrán los representantes indígenas que participarán en la redacción de la nueva carta magna. No obstante, por tratarse de un proceso inédito, hay varios aspectos que aclarar.

Por ejemplo, aquellos descendientes de pueblos originarios que quieran participar de la elección de constituyentes, deberán acreditar su condición indígena. Para esto el Servel identificará (con un plazo máximo de 80 días antes de la elección), a los descendientes originarios con derecho a sufragio, de acuerdo a sus etnias. Para ello se considerará a los inscritos en el Registro Nacional de Calidades Indígenas y otras nóminas, como los postulantes a la Beca Indígena o el Registro Especial Indígena (para la elección de consejeros indígenas de la Conadi), entre otros.

Quienes no aparezcan en estos registros y quieran participar del proceso, deberán realizar una declaración jurada frente a un juez de fe, con al menos 45 días de antelación a las elecciones.

Así lo explicó el director regional del Servel, Edisson Moscoso, quien además comentó que quienes voten por candidatos originarios, no podrán votar en la elección general (de candidatos no originarios).

"Hasta 45 días antes una persona puede firmar esa declaración jurada; puede hacerlo ante cualquier ministro de fe, un notario o un oficial de registro civil, entre otros. Si puede venir al Servel, también lo puede realizar", precisó.

Moscoso manifestó además que aquellos electores acreditados como descendientes indígenas, podrán participar de una sola elección de candidatos (Elección general o de candidatos indígenas).

"Todas las personas que tienen una etnia, pueden votar en esta elección sin importar dónde se encuentren, pero ojo, si quieren votar y están identificados como alguien de un pueblo originario, te van a dar a elegir el voto de constituyente que vas a utilizar (proceso general de constituyentes, o el de los pueblos originarios). No es que se pueda votar por los dos, cada persona tiene derecho a un solo voto, como todos", dijo.

El director comentó además que el voto será distinto para cada una de las etnias y que en su interior tendrá los nombres de cada candidato o candidata en el país, previa identificación del padrón.

Paridad

Para efectos de garantizar la paridad de géneros dentro del proceso, la ley establece que cada declaración de candidatura deberá inscribirse designando una alternativa del sexo opuesto, la que debe cumplir con los mismos requisitos del candidato o candidata.

En el caso del pueblo Mapuche, quienes tienen siete escaños reservados, si las candidaturas de un mismo sexo superan al otro en más de un escaño, se sustituirán por la candidatura paritaria alternativa, o sea la candidatura del sexo sobrerrepresentado con menor votación, cederá su lugar a su candidatura alternativa, repitiéndose aquel proceso tantas veces sea necesario, hasta que ningún sexo supere al otro en un escaño.

En el caso del pueblo Aimara, si los candidatos electos con las primeras mayorías fueran del mismo sexo, el candidato o candidata menos votado de los electos preliminarmente, será sustituido siguiendo el mismo mecanismo que se usará en el caso del pueblo Mapuche.

Para el resto de los pueblos originarios, que contarán cada uno con un solo representante, si sumados sus escaños en el resultado final no se lograra el equilibrio de género, deberá corregirse sustituyendo la o las candidaturas menos votadas del sexo sobrerrepresentado por su candidatura paritaria alternativa, hasta alcanzar el equilibrio de género.

Para el cupo correspondiente al pueblo chango, hay tres candidaturas duales (hombre y mujer) inscritas en los distritos tres, cuatro y cinco (Antofagasta, Atacama y Coquimbo).



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