Superintendencia de Medio Ambiente desiste de apelación por el Plan de Cumplimiento de SQM

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 13 de agosto de 2020 Visto 150 veces
SQM SALAR SE ENCUENTRA UBICADO A 60 KILÓMETROS AL SUR PONIENTE DE TOCONAO, A 38 KM AL PONIENTE DE PEINE Y A 100 KM AL SUR PONIENTE DE SAN PEDRO DE ATACAMA
FLAMENCOS ALIMENTÁNDOSE EN UNA LAGUNA DEL SALAR DE ATACAMA

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) desistió en la Corte Suprema de los recursos de casación interpuestos el 14 de enero en contra de la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental, que había resuelto que el Programa de Cumplimiento (PDC) presentado por SQM Salar, como parte de un procedimiento sancionatorio, no cumplía con los criterios de eficacia e integridad exigidos por el Ministerio del Medio Ambiente para el proceso.

La mencionada sentencia, "anuló la resolución mediante la cual se aprobó el PDC presentado por la empresa, retrotrayendo el procedimiento sancionatorio al estado en que se encontraba previo a su dictación", detalla el escrito ingresado en la Tercera Sala Constitucional.

Trabajo en el salar

El referido desistimiento, continúa el documento, "se presenta considerando que la SMA, paralelamente a la tramitación del procedimiento sancionatorio seguido en contra de SQM Salar, ha comenzado a desarrollar un trabajo amplio de gestión territorial de la cuenca del Salar de Atacama, especialmente referido al seguimiento ambiental del lugar".

Trabajo, detalló la SMA, que ha involucrado tomar una serie de acciones referidas a las cuatro principales empresas que cuentan con proyectos en el salar, entre ellas Minera Escondida, Minera Zaldivar, Albemarle y SQM Salar, que considera "actividades de fiscalización y análisis de información que correlacionan las variables ambientales de los cuatro principales actores, de modo de poder identificar efectos o incidencias ambientales de forma más completa".

Este objetivo, detalló la SMA, le significó realizar una labor de coordinación con los demás servicios sectoriales con competencia ambiental, para llevar adelante un enfoque multisectorial en la evaluación y adopción de medidas.

De esta forma, se conformó una mesa técnica de organismos públicos, con el fin de minimizar la incertidumbre en las distintas áreas del conocimiento, relativo al salar y mantener la debida coordinación entre los organismos que velan por la gobernabilidad y sustentabilidad de la cuenca.

Certeza científica

El abogado del Consejo de Pueblos Atacameños (CPA), Juan Carlos Cayo, organización que aglutina a las 18 comunidades de la cuenca del Salar de Atacama; dijo que reciben "conformes y tranquilos" la decisión de la SMA y que lo que procede ahora es que la Corte Suprema confirme el fallo del Primer Tribunal Ambiental.

"Esto es muy relevante por el contenido de la sentencia, la cual da cuenta de que el PDC presentado por SQM no supera el estándar que estableció el tribunal, el que está relacionado con los principios precautorio del medio ambiente en razón de la poca certeza científica que existe en el Salar de Atacama", explicó el profesional.

En tanto, el presidente del Consejo, Sergio Cubillos, destacó que la decisión de la SMA permite que el fallo del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta se dé por sentenciado: "Es una muy buena noticia para el Consejo y las comunidades, pues nos permite refrendar el trabajo que se está haciendo desde hace un tiempo".

"Esto nos entrega satisfacción, ya que en muchas oportunidades hemos mencionado que el Salar de Atacama cuenta con incertezas tanto científicas como técnicas, para demostrar que pueda seguir albergando proyectos nuevos", añadió el dirigente.

Diálogo con SQM

Conocida la decisión de la Superintendencia, el presidente de Camar, Héctor Cruz, expresó, a través de un comunicado dirigido a las comunidades atacameñas del Salar de Atacama, que mediante una asamblea decidieron "entablar un diálogo con SQM que es, principalmente, la que ha afectado el territorio y los recursos hídricos".

"Tomar esta decisión, agregó, ha implicado muchas conversaciones al interior de la comunidad, las que se remontan a años, haciéndose más fluidas hace algunos meses para establecer una forma distinta de relacionarse con las empresas, en la que se hagan cargo efectivamente de las afectaciones que están y han producido en el territorio".

Sobre el diálogo con SQM, Cruz explicó que "busca proteger los derechos territoriales de Camar y de los sistemas hídricos y de los recursos vegetales. Las partes han acordado instancias de diálogo, trabajo conjunto y resolución de conflictos y medidas concretas, incluido el cierre del Pozo Camar 2, la protección de los sistemas hídricos, la creación de una Mesa Ambiental y la reparación de los hechos que sustentaron las denuncias de la comunidad".

"Se reabre el proceso"

Para SQM Salar, consultada por el desistimiento informado ayer por la Superintendencia de Medio Ambiente, la decisión "se encuentra dentro de las facultades de la institución fiscalizadora", y "permite concentrar los esfuerzos de todos los involucrados en el cumplimiento de la normativa y en las preocupaciones de las comunidades".

En ese sentido, la minera comunicó que "reafirma su compromiso y respeto con la normativa vigente", y precisó que "con esta decisión se reabre plenamente el proceso ante la SMA, lo que se traduce en retomar la evaluación del programa de cumplimiento propuesto por SQM".

Asimismo, la firma reiteró su "respeto por las normas que rigen nuestras operaciones, el resguardo del Salar de Atacama y las comunidades vecinas a nuestras faenas. Continuaremos trabajando en fortalecer nuestra gestión, integrando las medidas que las autoridades consideren necesarias en pos de una producción más sustentable".

"Respetamos y valoramos las mejoras que sean requeridas y que apunten a que nuestra operación esté cada día en mayor armonía con nuestro entorno", complementaron.

Plan de Cumplimiento de SQM (PDC)

El 26 de diciembre de 2020 el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación de las comunidades indígenas atacameñas por la aprobación del Programa de Cumplimiento (PDC) presentado por la empresa SQM Salar a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), para la extracción de litio en el Salar de Atacama. El PDC aprobado (avaluado en un $17.205 millones, equivalente a US$25 millones.) fue presentado por la empresa en el marco del proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA y que concluyó con seis cargos, algunos de ellos leves, otros graves y uno de carácter gravísimo.

Salar de Atacama y comunidades

El Salar de Atacama se encuentra ubicado dentro de los límites del Área de Desarrollo Indígena (ADI), Atacama La Grande, la cual constituye un territorio habitado ancestralmente por comunidades indígenas atacameñas que históricamente han ocupado y poseen tierras comunitarias y patrimoniales, tales como pampas, pastizales, cerros, vegas y bofedales. La estrecha vinculación de las comunidades con el medio ambiente está dada por actividades agropecuarias, el aprovechamiento racional del recurso hídrico, las actividades de pastoreo en zonas de vegas y bofedales y el uso del territorio, informó el 1TA.



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