Consejo de Pueblos Atacameños solicita ejecución efectiva de sentencia a SQM

MEDIOAMBIENTE. El Primer Tribunal Ambiental ofició a la Superintendencia de Medioambiente (SMA) por el estado de acatamiento de una resolución de 2019.

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 01 de julio de 2020 Visto 153 veces
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En los próximos días la Superintendencia de Medioambiente (SMA) deberá informar al Primer Tribunal Ambiental el estado de acatamiento de la sentencia que dejó sin efecto el Programa de Cumplimiento (PdC) de SQM Salar, luego de la solicitud presentada por el Consejo de Pueblos Atacameños.

Lo anterior, porque según argumenta el CPA, no se ha cumplido la sentencia y el órgano fiscalizador no ha realizado la reapertura del procedimiento sancionatorio por las infracciones medioambientales cometidas por la empresa.

"Solamente, y con fecha 4 de mayo de 2020 esta repartición pública le requirió a SQM Salar S.A. información sobre el cumplimiento del PdC que este tribunal ordenó dejar sin efecto. Otorgando a solicitud de la empresa mayor plazo para responder, esto con fecha 22 de mayo de 2020", dice el escrito presentando ante el Primer Tribunal Ambiental.

En el mismo expediente, el Consejo asegura que la empresa actúa de manera "contumaz con el PdC", es decir, se mantiene firme en su comportamiento a pesar de la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental, ya que el 2 de junio presentó ante el Servicio de Evaluación Ambiental el Estudio de Impacto Ambiental denominado "Actualización Plan de Alerta Temprana y Seguimiento Ambiental, Salar de Atacama" cuyos objetivos están directamente relacionados con la formulación de cargos efectuados por la Superintendencia de Medio Ambiente.

Proceso en curso

El 26 de diciembre del año pasado el Tribunal Ambiental acogió la reclamación de las comunidades indígenas atacameñas de la comuna de San Pedro de Atacama por la aprobación del Programa de Cumplimiento presentado por la empresa SQM Salar a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), para la extracción de litio en el Salar de Atacama. El PdC aprobado fue presentado por la empresa en el marco del proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA y que concluyó con seis cargos, algunos de ellos leves, otros graves y uno de carácter gravísimo.



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